Los cobros por Erte, tendrán los efectos de rendimientos del trabajo , de la misma forma que si tenemos dos pagadores .
Con estas dos reglas: si entre el 2 y 3 pagador no supera los 1500 €, no existirá obligación de declarar si la suma total de los rendimientos del trabajo no supera los 22.000 € .
Y la segunda regla : si el 2 y 3 pagador superan los 1500 € , no existirá obligación de declarar si el cómputo total de rendimientos del trabajo , no supera los 14.000€
Y los autonomos deberán declarar en el modelo 190 clave c , los importes cobrados por prestación por cese de actividad. Y no se incluirán en el modelo 130 , sino que serán tratados de cara al Irpf como rendimientos del trabajo .