Lo primero es darte de baja de hacienda y seguridad social…pero eso no significa que no debas de presentar los modelos de iva,irpf correspondientes al trimestre en curso, y sobretodo nunca olvidar que los resúmenes anuales son obligatorios y sancionables aunque estés de bajarnos el censo de autónomos o empresarios …no lo olvides…

 

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